Vinicio Portela Hernández
PALO A LA LEY DE HALCONEO
Inicia el
mecate==== En marzo de 2013 denuncié públicamente que la incorporación del
Artículo 398 Bis en el Código Penal del Estado de Chiapas era inconstitucional,
no solo en la Carta Magna, sino hasta en la Constitución chiapaneca, en la
Columna “En Síntesis” hice un análisis sobre las violaciones a los Derechos
Humanos que esta normatividad tendría si entraba en vigencia. Este delito
“adicionado” por los actuales legisladores locales “protegía” a las
corporaciones policiacas y militares para que los ciudadanos no recopiláramos y
difundiéramos información relacionada con los uniformados y de hacerlo se
impondrían sanciones de tipo corporal de dos a 15 años de prisión y multas
equivalentes desde 200 a 400 días de salario mínimo vigente. ==XxX==
Enredo: Afortunadamente y después de más de un año de publicada la
reforma, la Suprema Corte de Justicia de la Nación le dio “palo” a este exceso
legislativo y los Ministros declararon inconstitucional dicha norma que
transgrede los Derechos Humanos de todos los habitantes de Chiapas.
Les
comparto algunas consideraciones de los ministros. Por ejemplo Arturo Zaldívar
señaló en su estudio que: “Se considera en el proyecto que se viola,
obviamente el derecho de acceso a la información porque estas limitaciones que
se ponen en el tipo penal no se encuentran justificadas a partir de un tés de
proporcionalidad”. Así mismo para Alberto Pérez Dayán el Artículo no
precisaba con claridad el tipo penal, señaló: “La procedencia de estas
penas se puede dar única y exclusivamente por leyes exactamente aplicables al
delito de que se trata”. Además que esta decisión de la Suprema Corte tendrá
efectos retroactivos, como lo dejó en claro Luis María Aguilar Morales: “Considero
por ello que más que decir que los procesos penales iniciados con fundamento en
la norma invalidada se encuentran viciados de origen, se podría señalar como se
hizo en la acción de inconstitucionalidad 29 /2011 que resolvimos el 20 de
junio de 2013, hace un año, en que se declaró la invalidez de la norma ahí
combatida también por violación al principio de taxatividad(que las Leyes deben
ser precisas) en la que se señaló que la invalidez tendría efectos
retroactivos en beneficio de las personas que a las que se les haya aplicado el
precepto impugnado a partir de la fecha que entró en vigor al tratarse de una
norma en materia penal”.=----= La hilera: No me gusta hacer leña del árbol
caído, pero se los dije a los Diputados Emilio Salazar y a Fernando Castellanos
el día de la votación, les comenté que de aprobar dicho ordenamiento estarían
violentando derechos de los ciudadanos, en esa tarde de marzo de 2013 hasta me
metieron en la zona de los curules para que siguiéramos platicando, me
aseguraron en ese momento que no se aprobaría y sin embargo votaron a favor.
Después de aprobado por el Poder Legislativo “mágicamente” el mismo 11 de marzo
se publicó el Periódico Oficial del Estado. Luego el extinto Consejo Estatal de
los Derechos Humanos emitió medidas cautelares a fin de que la Secretaría
General de Gobierno informara sobre los alcances jurídicos de dicha norma, pero
en ese entonces Noé Castañón León le valió “máuser” lo dicho por el organismo
autónomo y en dos ocasiones se hizo “pijiji” y no contestó la petición de la
CEDH. Hasta organismos internacionales intervinieron, como Artículo 19 exigió
la eliminación del Artículo 398 Bis del Código Penal por inhibir el derecho de
acceso a la información y la libertad de expresión y “no cumplir con el
principio Constitucional e Internacional de legalidad y taxatividad penal”,
pero nuevamente el “7 Crudas” no contestó. Tuvo que ser la Comisión Nacional de
los Derechos Humanos la que intervino y fue ella la que promovió, en abril de
2013, un recurso de inconstitucionalidad en la Suprema Corte de Justicia de la
Nación que ahora ratificó su sentencia y lo que hubiera sido un acierto para
los legisladores chiapanecos y desechar desde un principio esta reglamentación
ambigua ahora es una derrota que pone en evidencia que nuestros Diputados saben
muy poco de los Derechos Humanos. En fin, como dice el refrán, el tiempo me dio
la razón. ==oOoO== Nudito: Proteger
y modernizar al campo, dotándolo de asistencia financiera y tecnológica, es una
de las tantas estrategias que el gobernador Manuel Velasco Coello proyecta para
fortalecer la producción agrícola en la entidad. En Playas de Catazajá, el
mandatario sostuvo que su gobierno está enfocado en impulsar mecánicas
efectivas que permitan robustecer las áreas que dinamizan la economía estatal,
pero que además, garantizan el abasto alimentario. Parte de esa estrategia es
aplicar los protocolos del Seguro contra Riesgos Climatológicos, para responder
al llamado de auxilio de los productores afectados por desastres naturales,
acción que en ese municipio, el gobernador puso en práctica el fin de semana. ==-_:_-==
Añadido Es de risa lo que está haciendo la Comisión Estatal de los Derechos
Humanos, en vez de buscar una solución integral para que las corporaciones
policiacas estén altamente preparadas para enfrentar los nuevos lineamientos en
los juicios Acusatorios, solo maquillan su “chamba” con mini capacitaciones que
sirven para “taparle el ojo al macho”. Juan Óscar Trinidad Palacios tiene una
gran oportunidad de trascender, pero se sentó en su zona de confort a dejar
pasar el tiempo y no meterse en el trabajo arduo de la promoción de los
Derechos Humanos que para en los próximos meses será esencial que los más de
ocho mil uniformados, que hay en la entidad, estén completamente capacitados.
Pero sí la CEDH sigue con la impartición de micro cursos nunca terminarán con
la instrucción. Si esta “wueva” persiste, los menos beneficiados serán los
ciudadanos que verán como los jueces liberarán a los presuntos responsables de
delitos ya que los agentes aprehensores no respetarán el debido proceso en la
nueva normatividad para la oralidad de los juicios. Solo hay que ver al propio
titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Jorge Luis Llaven
Abarca, cuando pide que se legisle para declarar el “bullying” como un delito
en el Código Penal de Chiapas, al parecer el servidor público no sabe que este
fenómeno pasa en las escuelas de nivel básico y que la gran mayoría son menores
de edad. No habría necesidad de criminalizar a los infantes, que por cierto son
inimputables, ya que existen delitos como el de lesiones que se encuadraría
correctamente ante el fenómeno del “bullying”. Sí desde la “cabeza” las
corporaciones policiacas están mal y no conocen qué “fregados” son los Derechos
Humanos, que se puede esperar del policía raso. A trabajar don “Oscarín”. ===
Se terminó el mecate.